En TúDecide investigamos los principales beneficios, requisitos, comisiones de los Arrendamientos del mercado. Contactanos y te proporcionaremos la información más relevante
Ciudad de México
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El esquema de Arrendamiento financiero Value Inmuebles es un convenio que otorga el derecho de usar un bien por determinado tiempo a un tercero no propietario a cambio de pagar una tasa de interés variable y una comisión por apertura de 1.50% .
Con el Arrendamiento financiero Value tienes como opciones arrendar los siguientes tipos de bienes:
Los requisitos para solicitar el Arrendamiento financiero Value Inmuebles para Persona Física y Persona Moral pueden variar de acuerdo a las condiciones financieras y el perfil general de cada solicitante
El Arrendamiento financiero Value tiene una periodicidad de pago mensual misma que se maneja en pesos. Puedes verificar aquí otras opciones de arrendamiento, y compararlas para poder elegir la que opción que más se ajuste a lo que requieres.
12.80 %
Se calcula sobre una Tasa Base con un margen adicional 9.5 puntos. La Tasa Base será la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a 28 días que resulte mayor en el mes calendario inmediato anterior a la fecha de pago.
Variable
12 meses - 84 meses
1.50 %
1.5% del Valor de Adquisición de los Bienes arrendados, menos el abono inicial que a dicho concepto se aplique al momento de la contratación.
Pesos
Arrendamiento financiero
Value Arrendadora se dedica a financiar la adquisición de activos tangibles para personas físicas y morales, mediante el esquema de arrendamiento financiero, esto con el fin de que nuestros clientes puedan hacer crecer su empresa.
Dato no disponible
Dato no disponible
70.00 %
mensual
Bienes Inmuebles para Uso Industrial y Comercial.
Nuevos
No
Dato no disponible
No
No aplica
1.0% del Valor de Adquisición de los Bienes arrendados, menos el abono inicial que a dicho concepto se aplique al momento de la contratación.
Dato no disponible
En caso de fallecimiento del arrendatario, se cubre el saldo insoluto del valor de adquisición de los bienes arrendados.
Dato no disponible
Se contratan, a cargo del arrendatario: seguros de cobertura amplia sobre los bienes arrendados y un seguro de auto sustituto.
Sí
Sí
No
No
Sí
Persona Física y Persona Moral
Sí
1
LA ARRENDADORA podrá exigir a LA ARRENDATARIA, a la firma del contrato, la entrega de una cantidad igual al importe del primer pago parcial. Dicha cantidad quedará en poder de LA ARRENDADORA FINANCIERA, en concepto de depósito en garantía y no causará interés alguno en favor de LA ARRENDATARIA.
18 años - Dato no disponible
Aval y Obligado Solidario
El avalista, obligado solidario o coacreditado responderá como obligado principal frente a la Arrendadora.
Dato no disponible
*Datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los inmuebles que posee. Para Personas Morales: *Copia de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (Forma R-1), *Copia de la Cédula de Identificación Fiscal y *Copia de la declaración anual de los dos últimos ejercicios.
Para Personas Morales: *Estados financieros al cierre de ejercicio de los dos últimos años y relaciones analíticas de las principales cuentas (con firma autógrafa), *Estados financieros del ejercicio en curso, con una antigüedad no mayor a 3 meses, y relaciones analíticas de las principales cuentas (con firma autógrafa).
*Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses (recibo de teléfono, luz, agua o impuesto predial), *Copia de identificación oficial vigente, con foto y forma (Credencial para Votar, pasaporte, cédula profesional o cuenta del Afore), *Copia de la constancia de la CURP. Para Personas Morales: *Copia del acta constitutiva, *Copia de aumentos de capital o modificaciones de estatutos y *Copia del instrumento en el que consten los poderes para actos de administración y cambiario de los apoderados legales.
*Copia de estados de cuenta de cheques y/o inversión de los últimos 3 meses.
Sí
*Copia de recibos de nómina de los últimos 3 meses.
Se calculan multiplicando por 2.5 la Tasa Base que resulte mayor entre la fecha de incumplimiento en el pago, hasta el día anterior en que se efectúe el pago omitido, aplicada proporcionalmente sobre el monto del pago omitido.
Dato no disponible
Salvo pacto en contrario, el arrendatario queda obligado a conservar los bienes en el estado que permita el uso normal que les corresponda.
Se debe tener mucho cuidado en la descripción de los bienes a arrendar, ya que el arrendador no es responsable de algún error u omisión en el pedido u orden de compra.
El arrendatario no queda liberado del pago de la contraprestación, aunque se dañe o pierda el bien, debiendo cubrirla en la forma que se haya convenido en el contrato, hasta que pague el seguro.
El arrendador: Puede ser una persona física o moral, obligada a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso al arrendatario.
El o los pagarés que el arrendatario firme no podrán tener un vencimiento posterior al plazo del arrendamiento financiero, especificándose en los mismos su origen.